
Recordando.... Se está intentando construir una nueva forma de acceder a la justicia, por ello es que es necesario retomar...
- La Mediación es un sistema de Resolución de Conflictos en que un tercero imparcial, sin poder decisorio llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos.
Designación del Mediador
- Por las partes
- A falta de acuerdo lo designará el juez aleatoriamente
- Si la mediación es de las licitadas, el juez deberá velar por una distribución equitativa.
¿Cómo es el procedimiento de la Mediación en los tribunales de familia?
- Sesión inicial:citada por el mediador
- Adultos involucrados, participan en el proceso de mediación en sesiones conjuntas o sesiones y/o individuales.
- Comparecencia personal, se permite ser acompañado por un abogado
- El mediador informa de la naturaleza, objetivos y principios de la mediación así como del valor jurídico de los acuerdos a los que se pueda llegar.
2. Duración: 60 días desde la primera sesión ampliable por otros 60 si así lo acuerdan las partes.
- En este período se pueden realizar el número de sesiones que las partes y el mediador estimen convenientes, ya sea con ambos o con una parte.
TERMINO DE LA MEDIACION
- Se termina la mediación por haber alcanzado a acuerdo
- Se elabora un acta de mediación, firmada por los participantes y mediador, adquiriendo valor de sentencia ejecutoriada una vez aprobada por el tribunal.
2. Se termina la mediación:
- por la no asistencia de uno de los participantes habiendo sido citado dos veces.
- por no querer alguna de las partes perseverar en la mediación
- por que el mediador ha llegado a la convicción de que no se llegará a acuerdo
- Se elaborará un acta de término sin más antecedentes y se remitirá al tribunal
¿Cómo será el financiamiento de una mediación?
Una mediación es de costo de las partes, ( es probable que el arancel sea de $80.000 por proceso con acuerdos completos, no acuerdos parciales), a menos que cuenten con un informe favorable de las Corporaciones de Asistencia Judicial u otra Institución Pública o Privada que preste asesoría jurídica gratuita.
En este último caso se efectuarán licitaciones públicas a nivel regional.
Los Juzgados de Familias entrarán en vigencia el 1º de octubre de 2005.
Fuente: Cartilla Juzgados de Familia en todo chile. Ministerio de Justicia.