
Puesta en marcha de los Juzgados de Familia
(ley Nº 19.968)
- Existirá una judicatura especializada en materia de Familia e Infancia a partir de 1 de octubre de 2005, absorbiendo toda la competencia de los tribunales de Menores (que se transforman con la nueva ley) y buena parte de la de los tribunales Civiles
- Se dará un tratamiento integral, oportuno y participativo a los problemas de familia
- El nuevo procedimiento será oral, flexible, imparcial, concentrado e inmediato
- Se aumenta significativamente el número de jueces especializados, que serán asesorados por un consejo técnico conformado por profesionales expertos en la materia
- Se profesionaliza la administración de los juzgados.
- Permitirá radicar las causas de familia en un solo juzgado, fija plazos breves para terminar una causa y establece una relación directa entre el juez y las partes
- Estos juzgados tendrán competencia en materias de adopción, violencia intrafamiliar, tuición, alimentos, visitas, filiación y rupturas matrimoniales, entre otras
Fuente: www.minjusticia.cl
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